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Préstamos hipotecarios sobre vivienda, actualización del Código de buenas prácticas


Fuente:

28 Noviembre 2022



Desde la Asesoría Jurídica del SIAJ te contamos las medidas aprobadas para facilitar el pago de la hipoteca a los hogares más vulnerables




Estas son las claves del reciente REAL DECRETO-LEY aprobado por el ejecutivo que establece un Código de Buenas Prácticas de medidas mitigadoras de la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual y  que modifica el actual Real Decreto-ley de 2012. 

DURACIÓN DE LAS MEDIDAS. 24 MESES

Se aplicará a las personas físicas que sean titulares de préstamos o créditos garantizados con hipoteca inmobiliaria sobre la vivienda habitual del deudor o del hipotecante no deudor, cuyo precio de adquisición no exceda de 300.000 euros, constituidos hasta el 31 de diciembre de 2022

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CONDICIONES APLICABLES Y LOS REQUISITOS

Se considerarán situados en el umbral de exclusión aquellos deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca sobre vivienda habitual, cuando concurran en ellos todas las circunstancias siguientes:

  • Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con renta inferior a tres veces y media el IPREM (29.400 euros anuales) con hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022
  • Que la cuota hipotecaria resulte superior al 50 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar; una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido al menos el 20%.

Se permite que los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM) que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, pero no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario, puedan acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años.

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MEDIDAS APLICABLES

Las medidas aplicables, que podrán consistir, entre otras:

  • En la extensión de plazos de amortización: alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años
  • En el establecimiento de cuotas fijas temporales: posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota
  • Un régimen particular para el tipo de interés aplicable: un tipo de interés menor sobre el principal aplazado
  • En la presentación de ofertas de conversión de los préstamos a tipo fijo.

Se reducen los gastos y comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo y se eliminarán durante todo 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo.

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ENTRADA EN VIGOR

El objetivo es que el conjunto de medidas adoptado esté disponible a partir del 1 de enero de 2023.

Serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y de obligado cumplimiento una vez suscritos. Las entidades bancarias deberán garantizar la protección de este catálogo de medidas en caso de transmisión del crédito a un tercero.

Para más información contacta con la Asesoría jurídica del SIAJ 91 202 79 91 – 683 294 733. Atención presencial lunes y jueves de 10h a 14h y miércoles de 16h a 19h. Atención telemática de lunes a viernes de 10h a 14h.

 





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